Se ha publicado resolución de ampliación de oficio de plazos de realización y justificación de las subvenciones de los proyectos, hasta el ejercicio 2020.
Se debe tener en cuenta que:
- Quedan excluídos aquellos expedientes a los que se le ha procedido a abonar anticipadamente la totalidad de la subvención concedida, por así prohibirlo el Acuerdo de Gobierno de Canarias de 1 de marzo de 2019, por el que se modifica el acuerdo de Gobierno de 22 de febrero de 2016, por el que se aprueban los criterios generales y medidas que conforman el marco de referencia para la asignación y el uso eficiente de los recurso públicos en el sector público autonómico, que exige que la realización y justificación debe producirse en el ejercicio presupuetario en que se conceden.
- Los plazos nuevos para los proyectos que sí pueden acogerse a esta ampliación son:
- Plazo de realización: 15 de agosto de 2020.
- Plazo de justificación: 30 de agosto de 2020.
- Los proyectos que han recibido anticipos pueden prorrogar el plazo de ejecución y justificación un mes más, o sea, ejecución hasta el 15 de octubre y justificación, 30 de octubre pero deben solicitar la prórroga ante el registro del GAC antes del plazo de finalización de la resolución, o sea, antes del 15 de septiembre.
- Deben tener en cuenta que por vacaciones del personal, las oficinas del GAC estarán cerradas del 5 al 30 de agosto, incluidos.